GLOSARIO
Conceptos básicos utilizados en Seguros.
Anulación
27/1/21, 23:22
En la terminologÃa aseguradora, este concepto significa la rescisión de los efectos de una póliza, bien sea por producirse las circunstancias que se previeron contractualmente como determinantes de ello, por acuerdo mutuo de asegurador y asegurado o por decisión unilateral de cualquiera de las partes, aunque en este último caso es normal un plazo máximo de preaviso a la otra parte y, si la decisión ha sido propuesta por la entidad aseguradora, una devolución de primas en proporción al riesgo no corrido.
Concurrencia de seguro
27/1/21, 23:22
Situación que se plantea cuando sobre el mismo objeto existen varios seguros del mismo tipo, de tal modo que, teóricamente, si se produjera la pérdida de dicho objeto a consecuencia de un siniestro, las indemnizaciones conjuntas debidas por las distintas aseguradoras sobrepasarÃan el valor real del objeto y serÃan, por tanto, causas de lucro para el tomador del seguro. Esta situación sólo serÃa permisible en los seguros sobre la vida humana, por la propia indeterminación del valor del objeto, que no puede limitarse económicamente. En el seguro de daños, por ejemplo, cada una de las aseguradoras concurrentes sólo pagarÃa la parte proporcional del capital asegurado en la respectiva póliza, sin que el conjunto de sus respectivas indemnizaciones sobrepasara el valor real de los daños producidos por el siniestro. En el Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria de VehÃculos, por ejemplo, se establece que sólo será válido el primer contrato suscrito, quedando liberados de responsabilidad, en caso de siniestro, los sucesivos aseguradores.
Contrato de seguro
27/1/21, 23:22
Documento escrito con una entidad de seguros en el que se establecen las normas que han regular la relación contractual de aseguramiento entre ambas apartes (asegurador y asegurado), especificándose sus derechos y obligaciones respectivos. Este contrato se caracteriza por ser fundamentalmente, consensual, bilateral, aleatorio, oneroso, de adhesión y por estar basado en la buena fe.
Falsa declaración
27/1/21, 23:23
Exposición incorrecta, imprecisa o inexacta efectuada por el asegurado o contratante respecto al objeto o a sus caracterÃsticas también puede afectar la falsa declaración a las circunstancias que han ocurrido en un accidente o a las consecuencias de él derivadas.
Fraccionamiento de prima
26/1/21, 17:08
Sistema utilizado por algunas entidades aseguradoras en determinados ramos o modalidades de seguro, en virtud del cual se permite al asegurado que la prima de una anualidad completa, que deberÃa ser abonada por anticipado y de una sola vez sea liquidada en varios pagos periódicos.
Fraude en el seguro
26/1/21, 17:08
En general, situación que se produce cuando el propio asegurado ha procurado intencionalmente la ocurrencia del siniestro o exagerado sus consecuencias con ánimo de conseguir un enriquecimiento injusto a través de la indemnización que espera lograr del asegurador. En sentido amplio, una actuación fraudulenta es aquella que se realiza en contra del principio de buena fe.
Notificación del siniestro
27/1/21, 23:14
Comunicación al asegurador que efectúa el asegurado para darle cuenta de la ocurrencia de un siniestro. Es una de las obligaciones principales del asegurado, en caso de siniestro, cuyo incumplimiento (dentro de un plazo determinado en las condiciones generales de las pólizas) puede dar lugar a la pérdida de la indemnización debida por el asegurador.
Objeto del seguro
27/1/21, 23:15
Es la compensación del perjuicio económico experimentado por un patrimonio a consecuencia de un siniestro. También es el bien material afecto al riesgo sobre el cual gira la función indemnizatoria.
Obligaciones del asegurado
Son esencialmente las siguientes:
- Descripción correcta y completa del objeto asegurable asà como
fijación de su valor económico.
- Pago de la prima acordada
- Notificación del siniestro producido
- Obligaciones del asegurador
Se refieren principalmente al pago de la indemnización acordada en póliza, una vez producido el siniestro.
Peritación
27/1/21, 23:17
Se da este nombre en la terminologÃa aseguradora a la función desarrollada por quienes con carácter profesional, se dedican a la tasación o determinación de las consecuencias económicas derivadas de un siniestro, a fin de que el asegurador en base a su informe determine el importe de la indemnización correspondiente.
Póliza
27/1/21, 23:26
Documento que instrumenta el contrato de seguro, en el que se reflejan las normas que de forma general, particular o especial regulan las relaciones contractuales convenidas entre el asegurador y el asegurado. En tanto haya sido emitido y aceptado por ambas partes se puede decir que han nacido los derechos y obligaciones que del mismo se derivan. Pese al tratamiento unitario que la legislación concede a la póliza de seguro, en la práctica es frecuente distinguir partes diferenciadas de ella, cuya denominación esta Ãntimamente ligada a su contenido. En este sentido, puede hablarse de condiciones generales, condiciones particulares y condiciones especiales.
Condiciones Generales
Reflejan el conjunto de principios básicos que establece el asegurador para regular todos los contratos de seguro que emita en el mismo ramo o modalidad de garantÃa. En tales condiciones puede establecerse normas relativas a la extensión y objeto del seguro, riesgos excluidos con carácter general, forma de liquidación de los siniestros, pago de indemnizaciones, cobro de recibos, comunicaciones mutuas entre asegurador y asegurado, jurisdicción, subrogación, entre otros.
Condiciones Particulares
Recogen aspectos concretamente relativos al riesgo individualizado que se asegura y en particular los siguientes:
- Nombre y domicilio de las partes contratantes, y designación del asegurado y beneficiario, en su caso.
Concepto en el cual se asegura.
- Naturaleza del riesgo cubierto
- Designación de los objetos asegurados y de su situación
- Suma Asegurada o alcance de la cobertura
- Importe de la prima, recargos e impuestos.
- Vencimientos de las primas, asà como lugar y forma de pago
- Duración del contrato, con expresión de cuando comienzan y terminan sus efectos
Condiciones Especiales
En ellas se establecen franquicias a cargo del asegurado, la supresión de algunas exclusiones y la inclusión de otras nuevas
Subrogación
27/1/21, 23:36
En sentido jurÃdico general, es la sustitución de una persona por otra distinta que ejercitará los derechos y acciones de aquélla (subrogación personal)
En el ámbito del seguro, en virtud de la subrogación el asegurador sustituye al asegurado en el ejercicio de las acciones o derechos que tendrÃa éste contra los terceros causantes del accidente o siniestro, a fin de poder recuperar de ellos la cantidad por la que civilmente deberÃan responder a consecuencia de los daños producidos, cuya indemnización en virtud de la póliza de seguro, ha corrido inicialmente a cargo de la aseguradora